Podrán ser socios o miembros de AMED, todos los empresarios, físicos o jurídicos, españoles o extranjeros, dados de alta en el impuesto de actividades económicas de D.D.D., inscritos en el REGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS PLAGUICIDAS
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se comprometan a defender los objetivos de la Asociación, cumplir sus estatutos y pagar las cuotas que se establezcan, y cumplan los requisitos estatutarios y desarrollados en el Reglamento de Régimen interior.
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Una vez recibida la solicitud y documentación, en la siguiente reunión de Junta Directiva se estudia la solicitud, comunicando el resultado al interesado en un plazo de 48 horas.
A partir de la aprobación del ingreso en la Asociación, la empresa asociada podrá disfrutar de pleno derecho de todos los servicios y ventajas de la Asociación. |